17 octubre 2007

Recopilación Reforma Constitucional (59)

SIP rechaza reforma por contravenir DDHH

Miami, Estados Unidos.- Venezuela y Cuba son los países donde los medios de comunicación y los periodistas sufren los "mayores atropellos", según concluyó ayer la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) que se reunió en Florida.

La organización, reunida desde el pasado viernes para analizar la situación de la prensa en la región, subrayó en su informe final que Venezuela es el país donde se producen "los mayores atropellos" a la libertad de expresión tras el cierre en mayo pasado de la señal abierta de Radio Caracas Televisión (RCTV).

En cuanto a Cuba, la SIP dijo que la situación allí "sigue siendo alarmante después de 48 años de dictadura" y que permanecen encarcelados "27 periodistas independientes", varios de los cuales están "gravemente enfermos" y a otros no se les permite salir del país, a pesar de contar con visas de países vecinos.

Acuerdo

En su resolución final, la 63a Asamblea General de la sociedad -que agrupa a editores de prensa de América-, aprobó "denunciar ante la comunidad internacional el carácter totalitario y dictatorial (del gobierno de Hugo Chávez), quien pretende adecuar el marco legal en Venezuela a sus violaciones contra los derechos humanos".

La SIP aprobó además apoyar a la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos en la demanda planteada contra el Estado venezolano (...) ante la Corte Interamericana por la violación de los derechos humanos relativos a la libertad de expresión, integridad personal, garantías judiciales y la protección judicial de trabajadores y periodistas de Radio Caracas Televisión".

El grupo condenó "los ataques del presidente Chávez contra el canal de noticias Globovisión", denunció la "desproporcionada multiplicación y concentración de medios propiedad del Gobierno", la "utilización de la asignación de la publicidad oficial para tratar de someter a control del régimen a medios de comunicación independientes" y condenó "los ataques a medios de comunicación y periodistas por su ejercicio del derecho a la libertad de expresión".

La SIP advirtió que pese a los intentos del gobierno del presidente de Venezuela de obstaculizar la reunión prevista para el próximo marzo, se realizará de todas maneras dentro del territorio venezolano.

El organismo tiene previsto realizar en marzo de 2008 la reunión de medio año de la organización en Venezuela, pero se le han presentado algunas dificultades como la de encontrar un hotel donde efectuarla, ya que varios de los establecimientos que habían accedido a ceder sus instalaciones informaron luego que no había cupo para la fecha.

La Sociedad Interamericana de Prensa atribuyó ese hecho a presiones que estaría ejerciendo el Gobierno venezolano para que el encuentro, al que asisten unos quinientos directores, editores y propietarios de medios escritos del continente, no se materialice en su país.

Pese a la presunta obstaculización, la SIP dijo que "la Asamblea General fue contundente en sus directrices para llevar a cabo dicha reunión en territorio venezolano, como muestra de apoyo incondicional a la libertad de prensa y a la democracia en ese país".

El Universal

Retroceso en derechos humanos

Abren las puertas para nuevos caracazos. Los asesinatos, las desapariciones forzadas, las detenciones arbitrarias cometidas por agentes del Estado durante "El Caracazo" y que se repitieron luego de las inundaciones que asolaron a Vargas 1999 podrían volver a producirse de ocurrir en el país una situación que lleve al Gobierno a decretar un estado de excepción, advierten expertos que critican la reforma del artículo 337. (Paulo Pérez Zambrano)

la cifra

3 son los artículos de la Constitución que hablan de los estados de excepción y los tres fueron reformados.

la frase

"No se alarmen los DDHH se garantizan en situaciones normales"
CILIA FLORES
Presidenta del Parlamento


comparación regional

Se pierden conquistas

Venezuela ya no estará a la vanguardia

De ser aprobadas las modificaciones que la Asamblea Nacional realizó a los ar- tículos 337, 338 y 339 de la Constitución, Venezuela dejará de estar a la cabeza de los países de América en lo que se refiere a reconocimiento y protección de derechos humanos en crisis.

La eliminación de la prohibición de restringir los derechos al debido proceso e información durante los estados de excepción coloca al país al nivel de naciones como Brasil, Colombia, Uruguay, Ecuador, Bolivia, Argentina o Chile, las cuales ya establecen esta posibilidad en sus textos fundamentales.

No obstante, hay que hacer la salvedad de que todas las constituciones de las naciones antes mencionadas fueron aprobadas antes que la venezolana.

La Carta Magna chilena, en su artículo 41, no sólo restringe la libertad de información y opinión, sino que también faculta al presidente de ese país ha censurar la correspondencia personal. Y, al igual que el texto fundamental venezolano, permite la suspensión del derecho a la libertad personal, pero además autoriza al jefe del Estado a "arrestar en sus propias casas" a personas sospechosas y a "trasladarlas de un punto a otro del territorio nacional" y prohíbe a los tribunales revocar estas medidas mientras dure la situación de emergencia (artículo 40).

La Constitución chilena fue aprobada en 1980 bajo la dictadura del general Augusto Pinochet.

La posibilidad de que los estados de excepción se prolonguen por tiempo indefinido está permitida en muy pocas legislaciones. La Constitución argentina de 1994 no establece ningún lapso, pero señala en su artículo 99 que durará "un término limitado".

Por su parte, la Constitución colombiana de 1991 es la que contempla los períodos de conmoción más extensos, de hasta 180 días. En el resto de las legislaciones del hemisferio estos períodos no superan los 90 días.

La mayoría de las cartas magnas del continente también establecen que los poderes Judicial y/o Legislativo o ambos, deberán pronunciarse sobre la legalidad de la declaratoria de un estado de excepción. JFA

El Universal

Corte IDH prohibió restringir el debido proceso en crisis

Ni en una tragedia natural ni en una revuelta social ni en un golpe de Estado, ni siquiera en una guerra, los derechos de los ciudadanos a recibir asistencia jurídica en cualquier juicio y/o investigación, a ser considerado inocente, a ser procesado por su tribunal natural y con base en leyes preexistentes, pueden ser restringidos y/o suspendidos por las autoridades.

Así lo dictaminó la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su opinión consultiva número 9, de fecha 6 de octubre de 1987, en la cual respondió la interrogante planteada por el Gobierno de Uruguay de la época, en relación a cuáles garantías judiciales podían dejarse sin efecto durante una crisis.

"La implantación del estado de emergencia -cualquiera sea la dimensión o denominación con que se le considere en el Derecho interno- no puede comportar la supresión o la pérdida de efectividad de las garantías judiciales (debido proceso) que los Estados (signatarios de la Convención Americana de Derechos Humanos) están obligados a establecer para la protección de los derechos no susceptibles de suspensión o de los no suspendidos en virtud del estado de emergencia", señaló el tribunal hemisférico.

Siempre presentes

Los entonces magistrados Rafael Nieto (Colombia), Héctor Gros (Uruguay), Rodolfo Piza (Costa Rica), Thomas Buergenthal (Estados Unidos), Pedro Nikken (Venezuela), Héctor Fix-Zamudio (México) y Jorge Hernández (Honduras), afirmaron unánimemente que recursos como el hábeas corpus (acción donde un detenido pide a un tribunal que determine si su arresto está ajustado a la ley) y el amparo (petición que se consigna ante la amenaza de violación a derechos elementales y que debe ser resuelta por el juez con celeridad) no pueden suspenderse por ninguna circunstancia.

Asimismo tampoco pueden dejarse sin efecto "aquellos procedimientos judiciales inherentes a la forma democrática representativa de gobierno (...) idóneos para garantizar la plenitud del ejercicio de los derechos a que se refiere el artículo 27, numeral 2, de la Convención (derecho a la vida, la integridad, el nombre, la conciencia, la nacionalidad, la familia, la prohibición de esclavitud; así como los derechos de los niños y los políticos)".

Lo anterior significa que durante los estados de excepción, las naciones del Continente, Venezuela incluida, deben garantizar el funcionamiento de tribunales independientes e imparciales, para que éstos puedan "determinar la legalidad de las actuaciones" que las autoridades realicen dentro de los períodos extraordinarios.

La razón: "Estando suspendidas las garantías, algunos de los límites legales de la actuación del poder público pueden ser distintos, pero no deben considerarse inexistentes ni cabe, en consecuencia, entender que el gobierno esté investido de poderes absolutos".

Todo tiene un límite

En otra opinión previa, la número 8, la Corte también rechazó la posibilidad de que los estados de excepción se puedan prolongar por tiempo indefinido o que durante ellos todos los derechos elementales sean restringidos.

"La suspensión de garantías no debe exceder la medida de lo estrictamente necesario. Resulta ilegal toda actuación de los poderes públicos que desborde aquellos límites que deben estar precisamente señalados en las disposiciones que decretan el estado de excepción", señaló la instancia continental.

En su resolución, de fecha 30 de enero de 1987, la Corte de San José (Costa Rica) recordó que en el marco de estados de excepción y/o de conmoción se han cometido "abusos en nuestro Hemisferio"; y, por ello, advirtió: "La suspensión de garantías carece de toda legitimidad cuando se utiliza para atentar contra el sistema democrático".

Saltan las alarmas

La modificación que el Parlamento realizó a los artículos 337, 338 y 339 de la Constitución, para autorizar al Gobierno a suspender durante los estados de excepción el debido proceso y el derecho a la información y eliminar los límites de tiempo que durarán esos períodos, fue objetada por el ex relator para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos, Eduardo Bertoni.

"Los derechos que pueden suspenderse durante estados de excepción hay que elegirlos con prudencia y, sobre todo, teniendo en cuenta lo que permite y lo que no permite el Derecho internacional. Que el derecho a la información pueda ser suspendido, es dudoso. Que el debido proceso pueda ser suspendido, es desconocer no sólo el Derecho internacional, sino olvidar las tragedias que registra la historia latinoamericana durante las dictaduras", afirmó por vía de correo electrónico.

Bertoni, quien actualmente dirige la Fundación para el Debido Proceso Legal, no dudó en aseverar que el cambio propuesto por la Asamblea Nacional viola la Convención Americana de Derechos Humanos.

"La región avanza en un sentido claro. Las modificaciones a las constituciones de los últimos años han sido respetuosas de la Convención Americana. Sin ir más lejos, Venezuela, con la reforma del año 99, es ejemplo de ello. Sin embargo, la reforma que se plantea hoy es un retroceso", concluyó.


El Universal

Human Rights critica la reforma

Nueva York.- Por considerarlo una excusa para "el ejercicio brutal del poder", la organización Human Rights Watch criticó la propuesta de la Asamblea Nacional de modificar los artículos de la Constitución referidos a los estados de excepción, para autorizar al Gobierno a suspender el debido proceso y el derecho a la información durante crisis políticas, económicas, sociales y/o catástrofes ambientales.

La agrupación no gubernamental pro Derechos Humanos emitió ayer, en la ciudad estadounidense de Nueva York, un comunicado denunciando el cambio al capítulo II del Título VI de la Carta Magna de 1999, reseñó AFP.

"Esta enmienda, de ser aprobada, le permitiría al presidente Hugo Chávez invocar un estado de excepción para justificar la suspensión de ciertos derechos que el Derecho internacional califica como no derogables", advirtió el director para las Américas de HRW, José Miguel Vivanco, en su escrito.

Por otra parte, cuestionó las pretensiones de eliminar los plazos previamente establecidos en la Constitución que limitaban la duración de los estados de emergencia, conmoción interna y excepción, por considerarlo contrario al derecho penal internacional.

Vivanco también rechazó la eventual eliminación de la obligación de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de examinar el decreto que establece y regula la medida excepcional.

El representante de HRW le salió al paso a las declaraciones ofrecidas por la presidenta de la Asamblea, diputada Cilia Flores, quien defendió la necesidad del cambio, bajo el argumento de que el Gobierno necesita contar con la facultad de suspender esos derechos para responder a un posible nuevo golpe de Estado. "Es durante las altamente politizadas emergencias cuando hay que tener más respeto de esas garantías, como la protección contra las detenciones arbitrarias y el derecho al juicio justo", ripostó Vivanco.

Seguidamente ofreció la razón: "La historia reciente de América Latina demuestra que precisamente durante los estados de emergencia, se hace necesario garantizar una sólida protección jurídica para prevenir abusos. De no existir dichas garantías, lo que históricamente ha prevalecido es el ejercicio brutal del poder".

El Universal

Episcopado debatirá cambios propuestos

Los obispos de todo el país se encuentran reunidos en Asamblea Extraordinaria, en Caracas, desde la tarde de ayer, con el propósito de discutir el proyecto de reforma a la Constitución presentado por el mandatario nacional.

El presidente de la Comisión de Medios y Cultura de la Conferencia Episcopal, monseñor Baltazar Porras, anunció que el encuentro servirá para fijar posición respecto a la propuesta de cambios, por lo cual espera que el documento de las resoluciones salga esta semana.

Porras criticó que se hayan modificado los artículos donde se garantiza el derecho a debido proceso y a la información en caso de decretarse un estado de excepción.

"Es una barbaridad por la que tenemos que pasearnos, recordando lo que sucedió en varios de los países de América Latina en momentos de dictadura, que tuvieron leyes de este tipo (...), cuando se echa un manto que tapa la posibilidad de que se sepa lo que está pasando, se genera una espiral de violencia y de abuso por quienes tienen el poder", explicó el monseñor.

El arzobispo de Mérida agregó que si se toman en cuenta estas modificaciones, se puede concluir que "quien no esté cuadrado con lo que esté haciendo en un momento dado el Gobierno, puede ser objeto de cualquier tipo de retaliación".

El sacerdote manifestó su rechazo frente a las agresiones sufridas por un grupo de estudiantes opositores en la discusión abierta sobre la propuesta de reforma constitucional realizada por la Asamblea Nacional el lunes en el Teatro Teresa Carreño.

"Creo que los hechos bochornosos se repiten con mayor fuerza en estos últimos días, son expresión de un crecimiento cada vez mayor de la intransigencia, ni siquiera la capacidad de poder oír", dijo Porras.

El Universal

Podemos denuncia que la AN vulnera la Constitución vigente

Quizás sea porque se trata de un trapo vinotinto y no de uno rojo que la presidenta del Poder Legislativo, Cilia Flores, y el grueso de sus correligionarios del Bloque Socialista Unido resistieron por varios minutos la tentación de embestir a sus colegas de Podemos.

En Cámara y ante las cámaras de TV, los representantes de Podemos abrieron fuego en el inicio de la tercera discusión del proyecto de reforma constitucional, rechazando la sesión especial celebrada el lunes en el Teatro Teresa Carreño y en todas sus intervenciones cargaron sobre el mismo punto: La Asamblea Nacional está violando la Carta Magna en el proceso de aprobación de la propuesta.

Los diputados Ismael García y Ricardo Gutiérrez insistieron en denunciar que existen "dos proyectos de reforma", uno redactado por Hugo Chávez y otro creado por la AN al agregar otros 25 artículos "sobrevenidos" al paquete original de 33 disposiciones. A juicio de estos legisladores, esta iniciativa "paralela" debe ser sometida a consultas con la ciudadanía.

"Ni los títulos ni los capítulos de esos artículos fueron objeto de una revisión. Estamos discutiendo dos proyectos de reforma distintos", atizó García, quien desde su curul exigió al Tribunal Supremo de Justicia que aclare esta controversia.

Sin embargo, Flores esquivó la polémica y se limitó a repetir como un mantra el Reglamento Interior y de Debates de la AN para desmontar las objeciones de sus "camaradas". Hasta Carlos Escarrá evitó la confrontación, optando por un tono académico para justificar la actuación del Poder Legislativo.

La directiva del Parlamento no quería caer en provocaciones para avanzar lo más posible en la aprobación del proyecto. La seña fue tomada por el comunista Oscar Figuera. "Vayamos al debate sobre el fondo, no nos enredemos en la forma, estamos en revolución", argumentó.

A la carga

Los miembros del Bloque Socialista Unido aguantaron dos capotazos, pero al tercero se abalanzaron contra Podemos. Demostrando que no hay peor cuña que la del mismo palo, Luis Gamargo acusó a sus ex compañeros de partido de imitar a los adecos, mientras éstos lo tildaban de "arrastrado".

El jefe del Bloque Socialista Unido, Mario Isea, destacó la "amplitud y tolerancia" de la Cámara ante los reclamos vinotinto y, tras ensalzar las virtudes del Presidente, advirtió: "No es tiempo de ambigüedades, o se está con el Poder Popular o se está contra él".

Luego de las primeras cuatro horas de debate, la Cámara aprobó con mayoría calificada los artículos 11 y 16 del proyecto. En esta última norma, atendiendo una proposición de Roberto Hernández, los diputados incluyeron que en el Distrito Federal, así como en los territorios, municipios y ciudades federales, el Ejecutivo Nacional designará a las autoridades.

Podemos, a través de su jefe de fracción Hermes García, salvó el voto al señalar que la iniciativa de Chávez resta poder al pueblo, vulnera principios fundamentales de la Carta Magna vigente y atenta contra el derecho al sufragio.

El Universal

AN sobrepasó propuesta presidencial

"Menos de 10% del articulado constitucional estoy proponiendo que sea reformado, aun cuando sabemos que al reformar un artículo es casi imposible que no tenga impactos en otros de la misma temática", afirmó el presidente Hugo Chávez, al presentar su proyecto de reforma a la Constitución de 1999 al Parlamento, el cual contenía 25 artículos. Este impacto anunciado por el proponente se tradujo en 32 artículos más reformados y nuevas disposiciones transitorias, lo que sobrepasa 16% del articulado de la Carta Magna, según el informe presentado el pasado lunes por la Comisión Mixta de la Asamblea Nacional, el cual es discutido actualmente por la plenaria.

Entre los cambios más resaltantes propuestos por el mandatario nacional destaca la reelección indefinida y el aumento del período presidencial de 6 a 7 años, así como la reducción de la jornada laboral de 8 a 6 horas, la incorporación de las misiones y del poder popular, además de agregar al menos 12 facultades a la figura presidencial.

En agosto pasado, se le consultó a la presidenta de la Sala Constitucional y del TSJ, magistrada Luisa Estella Morales, si el Parlamento podía reformar otros artículos distintos a los presentados por el mandatario, y en esa ocasión respondió: "No conozco ninguna propuesta de reforma de la Asamblea (...) La reforma fue planteada por el Presidente, por lo tanto es lo que presentó el Presidente lo que debe ser estudiado (...) Si (algún artículo) tuviese conexión con los que se van a reformar, entonces por técnica legislativa deberían adecuarse, porque no puede haber artículos contradictorios".

Una vez conocido el anteproyecto del Parlamento, no sólo echó por tierra las palabras de la presidenta del máximo Tribunal del país, sino que aumentó las atribuciones del Presidente y tocó algunos artículos no vinculados con la propuesta presidencial, los más polémicos el 337, 338 y 339 relativos a los estados de excepción.

Además de eliminar el límite de tiempo y suprimir los derechos al debido proceso y a la información durante los estados de excepción, de aprobarse la propuesta, el Ejecutivo ya no tendrá que presentar los decretos que declara a la Sala Constitucional del TSJ "para que se pronuncie sobre su constitucionalidad" y será potestad exclusiva del Presidente "dejar sin efecto" la declaratoria de excepción; actualmente comparte esa facultad con la AN.

El Parlamento también aumentó de 20 a 30% el número de firmas para convocar revocatorios y de 25 a 40% el número de electores inscritos que deben acudir al llamado para su validez.

El Universal

Aprobada la edad de 16 años como mínima para votar

Con el voto salvado de Podemos, la Cámara Legislativa aprobó anoche los artículos 21 y 64. Se trata de los primeros incluidos en el grupo que la bancada vinotinto ha calificado como "sobrevenidos".

El 21 establece la igualdad ante la ley, por lo que se prohíbe la discriminación fundada en lo étnico, el sexo, la orientación sexual, el credo, la condición social y la salud, con un agregado referido al g´énero y a la orientación política o religiosa, propuesto por el diputado Obdulio Camacho.

El artículo 64, aprobado sin modificaciones, establece que la edad para ejercer el sufragio será de dieciséis años. Además, otorga a los extranjeros que tengan más de diez años de residencia en el país el derecho al voto en las elecciones municipales y estadales.

Al dejar constancia de su voto salvado, los legisladores de Podemos hicieron saber que no se opon´ían al contenido de ninguno de los dos artículos, sino al procedimiento utilizado para llevarlos al debate.

Las horas finales de la sesión, que culminó a las 10 de la noche, no fueron empleadas para analizar el contenido de los artículos citados. En su lugar, la Plenaria sirvió de escenario para que los diputados del PSUV y de Podemos dirimieran sus diferencias políticas e ideológicas.

La presidenta de la Asamblea, Cilia Flores, convocó a los parlamentarios para esta tarde a las dos, a fin de continuar la tercera discusión de la reforma. Por haber sido declarada en sesión permanente, la Cámara Legislativa dará continuidad al debate en los próximos días hasta que los 58 art´ículos hayan sido aprobados.

El Universal

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