19 agosto 2007

Recopilación Reforma Constitucional (4)

"Cambios profundos" en el proyecto

Los últimos 12 artículos de los 33 que presentó el presidente Hugo Chávez en su proyecto de reforma constitucional implican "transformaciones profundas" no sólo en el sistema monetario nacional, sino también en el estamento castrense. Además, traen consigo un aumento de las atribuciones del primer mandatario, de 24 a 26, incluyendo la posibilidad de ejercer "la iniciativa constituyente".

El propio jefe de Estado lanzó una advertencia desde el Parlamento antes de anunciar la posibilidad de que se "elimine todo vestigio de autonomía del Banco Central de Venezuela" y la potestad que podría tener el presidente de la República para administrar directamente las reservas internacionales. "(Este tema) seguramente va a generar roncha, pero bueno, al que le pique que se rasque", dijo.

Los hipotéticos cambios en la FAN van de la mano con "la dinámica de la revolución y el proyecto socialista". Desde el cambio de nombre de la Guardia Nacional a Guardia Territorial, pasando por principios "antiimperialistas" hasta la creación de un quinto componente que agrupe a la Reserva, con la denominación Milicia Popular Bolivariana, planteó el jefe de Estado.


Vicepresidentes territoriales serán revocables

La reforma del artículo 16 contempla autorizar al Presidente para proponer la creación de territorios federales, municipios federales, ciudades federales y distritos funcionales.

Sin importar el nombre, las nuevas asociaciones territoriales tienen dos cosas en común: No están sujetas a los límites actuales de municipios y estados, y para crearse debe mediar la aprobación de la decisión presidencial a través de un referendo consultivo.

En el caso de los territorios federales y distritos funcionales, la agrupación de zonas se realizará por razones históricas o socioeconómicas. Estos son los únicos casos en que se conoce la autoridad que gobernará: un vicepresidente territorial.

En el texto de la reforma se explica que la designación de estos funcionarios dependerá exclusivamente de la decisión presidencial, y se asegura que el funcionario elegido por el Primer Mandatario Nacional podrá ser destituido de su cargo a través de un revocatorio.

No se especifica en este articulado, tampoco se solicitó la revisión del artículos 72 y 73 de la Carta Magna, las condiciones para efectuar esta consulta (cómo se solicita, en qué período) y si corresponderá al CNE la organización los procesos.

Ocho años esperando

La posibilidad de crear territorios federales existe desde 1999. No obstante, nunca fue activada esta posibilidad.

El Presidente explicó que los territorios federales se conformarán "como unidades de agregación y coordinación de políticas territoriales, sociales y económicas a escala regional (ver infografía anexa) siempre en función de los planes estratégicos nacionales y el enfoque estratégico internacional del Estado venezolano".

El primer territorio o provincia federal podría constituirse entre los estados Apure y Barinas y llevará por nombre provincia Federal Zamora. En este caso, los habitantes de Barinas seguirán escogiendo a su gobernador, al igual que los electores de Apure, sin embargo, las zonas que conformen la provincia Federal estarán supeditadas al mandato del respectivo vicepresidente territorial. No se aclara en la reforma constitucional si los gobernadores serán funcionarios subordinados al vicepresidente. -EM

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