01 octubre 2008

Viene otra Reforma (51)

Todo el territorio nacional será de utilidad pública

La Asamblea Nacional aprobó en primera discusión la Ley Orgánica de Ordenación y Gestión del Territorio, que organizará el espacio territorial en regiones funcionales y distritos productivos y que establece 14 competencias a la autoridad regional, que será designada por el presidente de la República. Entre las competencias de las autoridades regionales destaca la coordinación "de la acción de los órganos y entes de la Administración Pública central, descentralizada y otras formas de organización comunal para la ejecución de políticas de ordenación y desarrollo del territorio". Igualmente, las autoridades regionales podrán requerir la colaboración y apoyo de la fuerza pública en la región para dar cumplimiento a la ley.

El proyecto de Ley, de 206 ar- tículos, regula lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública contenida en el paquete de las 26 leyes habilitantes decretadas por el Ejecutivo el mes pasado. El contenido de esta norma formaba parte de la propuesta de reforma constitucional hecha por el presidente Chávez el año pasado y que fue rechazada en el referendo realizado en diciembre de 2007.

El ámbito de acción de los gobernadores, de acuerdo con el artículo 22, se limitará a la comisión estatal de ordenación del territorio.

"Las administraciones públicas estatales y municipales y sus entes descentralizados funcionalmente estarán sometidos a las directrices impartidas por las autoridades regionales para el logro de su objetivo, debiendo colaborar activamente en la ejecución de los planes, proyectos y acciones calificados como de importancia regional o nacional en orden a la consecución de los fines del Estado", indica el artículo 21 del proyecto.

El artículo 3 declara de orden público las normas relativas a la ordenación del territorio; y el 4 declara de utilidad pública y de interés social la ordenación y la gestión del territorio.

Sobre las zonas expropiables, el artículo 84 señala: "El Ejecutivo determinará en los planes de ordenación territorial reglamento de uso y planes de manejo de áreas bajo régimen de administración especial, las zonas de propiedad privada que habrán de sujetarse al régimen de expropiación por causa de utilidad pública". Según el artículo 17, el Presidente ejercerá la suprema autoridad de la ordenación y gestión del territorio.

Vía libre a Unasur También en primera discusión, la Asamblea dio luz verde al Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), suscrito el pasado 23 de mayo por Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Surinam, Uruguay y Venezuela.

El Universal

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