26 agosto 2008

Ley Super Mordaza (01)

Para CNP no se vislumbra nada bueno

La Ley Orgánica de Telecomunicaciones, Informática y Servicios Postales, no incluida en el paquete de las 26 leyes aprobadas, le otorgará poder absoluto al Primer Mandatario para ordenar la suspensión de cualquier publicación informativa por razones de seguridad nacional. El Colegio Nacional de Periodistas de Venezuela (CNP) aseguró al medio español Americaeconomica.com que "estamos esperando todavía el proyecto definitivo, pero no se vislumbra nada bueno".

En el CNP están "esperando que nos den toda la información" de una ley que, según la prensa, ya tiene el visto bueno del Tribunal Supremo de Justicia y podría ser aprobada en breve por la Asamblea Nacional.

"Hay una tendencia a coartar la libertad de expresión, no sólo del periodista, sino de la ciudadanía en general (...) no podemos estar de acuerdo con nada que restrinja un derecho fundamental como la libertad de expresión, ni mucho menos una Ley Orgánica", indicó Silvia Alegrett, secretaria general del organismo.

Señaló que con la Ley, Chávez se garantizaría el poder total, no sólo sobre la prensa, sino también sobre sistemas de comunicación, como Internet o telefonía móvil.

El CNP, junto a algunos sindicatos de Venezuela, inició una campaña para recoger un millón de firmas contra las 26 leyes decretadas por el Presidente. Fuentes de Caracas han asegurado a este diario que Chávez utilizó la Ley Habilitante para introducir de "manera encubierta" la reforma constitucional rechazada el año pasado.

El Universal

Proyecto de ley establece más sanciones para medios

De aprobarse el proyecto de ley Orgánica de Telecomunicaciones, la Informática y Servicios Postales que tenía en planes promulgar dentro de la Habilitante el presidente de la República Hugo Chávez, los prestadores de servicios de radiodifusión y televisión abierta deberán estar pendientes de las nuevas razones para ser sancionados.

La Ley Orgánica de Telecomunicaciones actual plantea 23 motivos para que los prestadores de servicios puedan ser objeto de multas, mientras el proyecto -que ahora deberá aprobar la Asamblea Nacional- prevé 57.

De acuerdo a la exposición de motivos del fallido decreto presidencial número 6.244, se han ampliado los supuestos relativos al incumplimiento de la referida ley, "a los fines de mejorar y en otros actualizar el régimen sancionatorio vigente (...) asegurando de este modo el carácter disuasivo de las mismas (disposiciones)".

Consultada al respecto, la consultora Jurídica de Globovisión, Ana Cristina Núñez, señaló "Se ve que la ley tiene un carácter más punitivo".

En el proyecto de ley se prevén multas que van desde 500 unidades tributarias, hasta 30.000 y las sanciones van desde una amonestación pública, la revocatoria de la concesión, el comiso de los equipos y prisión.

Otro elemento que varía es la duración de la concesión para el uso y explotación del espectro radioeléctrico, que de acuerdo a la Ley de Telecomunicaciones vigente se puede otorgar hasta por 25 años, renovables por el mismo tiempo. Según el nuevo texto, la concesión se podría entregar hasta por 15 años, también renovables.

Pagarán más

En el aspecto tributario, aunque se mantienen casi todos los impuestos que deben pagar los prestadores de servicio de televisión y radiodifusión abierta, se elimina una exención importante, pues desaparece la disposición según la cual la actividad de telecomunicaciones no está sometida a impuestos estatales o municipales, por lo que -de aprobarse el instrumento tal como está-, los canales de televisión y las emisoras de radio deberán prepararse para cancelar impuestos a las gobernaciones y alcaldías donde operen.

Además, según Nuñez, se prevé en el nuevo texto, una variación de la base sobre la cual se calculan los actuales impuestos."La conjunción de ambas normas es un asunto tributario muy peligroso para las televisoras", resalta.

Otra restricción que se amplía en el proyecto de ley se hace sobre el control de los medios radioeléctricos, de esta forma se señala que ninguna persona o grupo de personas puede obtener habilitación o controlar más de una emisora de radiodifusión sonora o televisión abierta en la misma banda de frecuencia, dentro de un "estado", en lugar de "localidad", como dispone la ley actual.

A pesar de estar previstos más supuestos para sanciones, más impuestos y restricciones, la consultora jurídica de Globovisión se muestra tranquila porque el instrumento no fue aprobado por el Presidente y confiada en que la Asamblea Nacional escuchará la opinión de todos los actores involucrados, como lo ordena la Constitución.

El Universal

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