CNE inicia preparativos y espera por la AN para activar referendo
El Universal
Salvo que la disertación parlamentaria sobre la enmienda al artículo 230 de la Carta Magna se extienda de forma imprevista, el referendo para dirimir si Hugo Chávez podrá presentarse a la reelección -para un cuarto período consecutivo- se realizará el domingo 15 de febrero.
No obstante, la fecha definitiva del referendo depende exclusivamente de los diputados de la Asamblea Nacional. Tanto Cilia Flores, presidenta del Parlamento, como Tibisay Lucena, presidenta del Poder Electoral coincidieron ayer en que la consulta popular -de acuerdo a lo establecido en el artículo 341 de la Carta Magna- debe efectuarse 30 días después que el Legislativo entregue formalmente el acto administrativo solicitando la activación de la consulta.
El asueto de carnaval (lunes 23 y martes 24 de febrero) complica el diseño de los cronogramas de trabajo, porque invalida el domingo 22 de febrero y el domingo 1 de marzo como fechas probables para la consulta popular. Visto desde esta perspectiva, si el Parlamento no aprueba en segunda discusión la enmienda antes del 15 de enero, deberá demorar su decisión hasta el 8 de febrero, para permitir que el CNE cumpla con el artículo 341 del texto fundamental.
Independientemente del cronograma de trabajo del Parlamento, el CNE -según explicó Lucena- comenzó la preparación de las actividades prerrefrendarias, tal y como lo hizo en el año 2007 para concretar la organización del referendo constitucional 30 días después de que los diputados aprobaran la solicitud de modificar la Constitución. En esa oportunidad lo que permitió al organismo comicial cumplir con lo establecido en la Constitución fue dividir en dos etapas el cronograma de trabajo del referendo:
La primera fase del cronograma se llamó "Actividades pre-rrefrendarias" y consistió en desarrollar actividades como la preparación de las máquinas de votación o adecuación de los centros de votación. La segunda fase se llamó "actividades refrendarias" y consistió en la ejecución de pautas de trabajo asociadas directamente al referendo, como una actualización express del Registro Electoral.
El rector Vicente Díaz solicitó a los parlamentarios analizar la constitucionalidad de la modificación constitucional y advirtió el peligro de que puedan presentarse 68 proyectos de enmienda por cada artículo que no aprobó en la reforma constitucional rechazada el pasado 2 de diciembre del 2007.
Registro depende de la AN Técnicos electorales consultados -no autorizados a declarar- explicaron que la actualización del Registro Electoral dependerá de la fecha en que la Asamblea Nacional entregue el acto administrativo al CNE.
Si la solicitud se presenta el 15 de enero, el organismo comicial no tendría oportunidad de actualizar el padrón de votantes ni de crear nuevos centros de votación; estas actividades podrían desarrollarse sólo si la consulta popular se convoca después del 8 de marzo.
Como sucedió en el caso del referendo constitucional, la premura para organizar la consulta provocará que las auditorías a las máquinas de votación y al sistema de totalización se reduzcan a 6 días, la campaña sólo dure 30 días y la capacitación de los miembros de mesa se limite sólo a dos semanas.
Tomando como referencia la consulta popular del 2 de diciembre de 2007, el referendo para la enmienda del artículo 230 debe tener un costo aproximado de BsF 600 millones.
No obstante, la fecha definitiva del referendo depende exclusivamente de los diputados de la Asamblea Nacional. Tanto Cilia Flores, presidenta del Parlamento, como Tibisay Lucena, presidenta del Poder Electoral coincidieron ayer en que la consulta popular -de acuerdo a lo establecido en el artículo 341 de la Carta Magna- debe efectuarse 30 días después que el Legislativo entregue formalmente el acto administrativo solicitando la activación de la consulta.
El asueto de carnaval (lunes 23 y martes 24 de febrero) complica el diseño de los cronogramas de trabajo, porque invalida el domingo 22 de febrero y el domingo 1 de marzo como fechas probables para la consulta popular. Visto desde esta perspectiva, si el Parlamento no aprueba en segunda discusión la enmienda antes del 15 de enero, deberá demorar su decisión hasta el 8 de febrero, para permitir que el CNE cumpla con el artículo 341 del texto fundamental.
Independientemente del cronograma de trabajo del Parlamento, el CNE -según explicó Lucena- comenzó la preparación de las actividades prerrefrendarias, tal y como lo hizo en el año 2007 para concretar la organización del referendo constitucional 30 días después de que los diputados aprobaran la solicitud de modificar la Constitución. En esa oportunidad lo que permitió al organismo comicial cumplir con lo establecido en la Constitución fue dividir en dos etapas el cronograma de trabajo del referendo:
La primera fase del cronograma se llamó "Actividades pre-rrefrendarias" y consistió en desarrollar actividades como la preparación de las máquinas de votación o adecuación de los centros de votación. La segunda fase se llamó "actividades refrendarias" y consistió en la ejecución de pautas de trabajo asociadas directamente al referendo, como una actualización express del Registro Electoral.
El rector Vicente Díaz solicitó a los parlamentarios analizar la constitucionalidad de la modificación constitucional y advirtió el peligro de que puedan presentarse 68 proyectos de enmienda por cada artículo que no aprobó en la reforma constitucional rechazada el pasado 2 de diciembre del 2007.
Registro depende de la AN Técnicos electorales consultados -no autorizados a declarar- explicaron que la actualización del Registro Electoral dependerá de la fecha en que la Asamblea Nacional entregue el acto administrativo al CNE.
Si la solicitud se presenta el 15 de enero, el organismo comicial no tendría oportunidad de actualizar el padrón de votantes ni de crear nuevos centros de votación; estas actividades podrían desarrollarse sólo si la consulta popular se convoca después del 8 de marzo.
Como sucedió en el caso del referendo constitucional, la premura para organizar la consulta provocará que las auditorías a las máquinas de votación y al sistema de totalización se reduzcan a 6 días, la campaña sólo dure 30 días y la capacitación de los miembros de mesa se limite sólo a dos semanas.
Tomando como referencia la consulta popular del 2 de diciembre de 2007, el referendo para la enmienda del artículo 230 debe tener un costo aproximado de BsF 600 millones.
El Universal
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